Las empresas se encuentran con un fenómeno contable que tenía algún tiempo sin estar entre nosotros: la hiperinflación.

 

 

 

 

Publicado en: Correo del Caroní  

Por: Carlos Fernández V.          

12/02/2010   

 

 

Con una inflación que cierra en 2009 alrededor del 25%, las empresas que reportan sus estados financieros usando normas internacionales de información financiera (IFRS por sus siglas en inglés) o las normas de reporte usadas en los Estados Unidos de Norteamérica (U.S. GAAP), se encuentran con un fenómeno contable que tenía algún tiempo sin estar entre nosotros: la hiperinflación. 

 

La hiperinflación es la acumulación de 100% o más de inflación en los últimos tres años. En el caso de Venezuela, ya para el cierre de octubre pasado la inflación compuesta medida usando el Índice Nacional de Precios al Consumidor, alcanzó el 104,9%.  

 

Considerando entonces que en algún momento de 2009 ocurrió el cambio de inflación a hiperinflación, toda empresa que reporte sus estados financieros de diciembre de 2009 usando IFRS, tendrá necesariamente que remedir la información contable de ese año, ajustándola por inflación (AxI) desde el origen de sus activos y pasivos históricos (activos fijos, patrimonio, etc.). Aun cuando algunos lectores pensarán que el AxI es un procedimiento ya conocido y aplicado en la contabilidad de acuerdo a los principios de reporte vigentes en Venezuela (VEN-NIF), y que por lo tanto no deberían existir mayores diferencias al aplicar ambas normas contables, esto no es así necesariamente; entre otras razones, por las fechas de origen desde que se aplica el AxI y por ciertas estipulaciones particulares establecidas en las IFRS. 

 

El uso de U.S. GAAP como método de reporte financiero, es totalmente distinto a las IFRS en cuanto a las consideraciones de hiperinflación. U.S. GAAP exige un cambio de moneda funcional a partir del momento en que la economía pase a ser hiperinflacionaria, esto es, a partir del 1 de enero de 2010. El cambio de moneda funcional, para ponerlo en palabras sencillas, es considerar de entrada las operaciones hechas en bolívares fuertes (BsF) como operaciones en "moneda extranjera", no importando si la empresa que opera en Venezuela tenga una mayor o menor carga de operaciones en otras monedas distintas al bolívar fuerte. Las casas matrices de las empresas que operan en Venezuela y que reportan usando U.S. GAAP, empezarán a evaluar a su filial venezolana tal y como si fuese una sucursal o filial que opera en su territorio y no en este país.  

 

En este momento de cambio a normas de reporte financiero asociadas con la hiperinflación, un aspecto que cobra mucha importancia y que debe ser también considerado, es la tasa de cambio a ser utilizada para la traducción de los estados financieros a una moneda distinta del bolívar fuerte a los fines de consolidación de cifras con las de las casas matrices en el exterior. Si bien es cierto que los VEN-NIF establecen la existencia de una única tasa de cambio (Bs.2,15 hasta el 8 de enero de 2010) al registrar operaciones en moneda extranjera en Venezuela (tasa de cambio que también es reconocida por las IFRS y las U.S. GAAP), no es menos cierto que tanto las IFRS como las U.S. GAAP reconocen métodos de registro alternativos para fines exclusivos de reporte a las casas matrices cuando se concluya, con base en hechos y circunstancias específicas, que la empresa local no tendrá acceso a la divisa oficial para cumplir sus pagos en moneda extrajera. 

 

La hiperinflación va a generar cambios importantes en los reportes financieros de las compañías venezolanas que reporten bajo IFRS o U.S. GAAP. Estos cambios establecerán nuevas formas de medir los negocios en nuestro país. La realidad es que hemos vivido muchos años bajo una inflación relativamente alta que ha distorsionado la información de reporte. La llegada de la hiperinflación es una buena oportunidad para tratar en lo posible de corregir este problema.

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